Cuando
un trabajador se incapacidad uno o varios días, ¿Cómo se pagan estas dentro de
la nómina respectiva?
Supongamos
que en un mes el trabajador se incapacitó por enfermedad general durante 5
días, de suerte que sólo trabajó 25 días.
Al
liquidar la nómina, los días trabajados que se tienen en cuenta son 25,
puesto que los otros 5 el trabajador estuvo incapacitado.
Adicionalmente,
como la empresa debe asumir los primeros dos días de incapacidad pagándolos con
el 100%* del sueldo, en la nómina se deben liquidar 28 días, de los
cuales 2 corresponden a la incapacidad.
Los
dos días restantes son asumidos por la EPS, y no deben quedar incluidos en la
nómina, aun cuando la empresa los pague y luego repita contra la EPS, ya que en
realidad, eso pagos son asumidos por la EPS y no por la empresa.
Se
deben incluir en el evento en que la EPS no los reconozca y la empresa
deba asumirlos.
Es
importante anotar que el ministerio de trabajo ha conceptuado que en la
incapacidad general el empleador debe pagar el 66.66% del sueldo siempre que el
resultado no sea inferior al mínimo o su equivalente.
Tratándose
de una incapacidad de origen laboral o profesional se debe pagar sobre el
100% del salario.
Referencias
:
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